La nueva ley que regula la tenencia de animales, y concretamente de mascotas exóticas, data del 2011 y su decreto no es de aplicación en los animales pertenecientes a las fuerzas de seguridad del estado, ni a los de empresas de seguridad con autorización oficial. Tampoco afecta a los espectáculos taurinos de ningún tipo, ni a los Parques Zoológicos, autorizados como tal y regulados por la Ley 31/2003 de 27 de octubre, de conservación de la fauna silvestre en los parques zoológicos.
Esta ley regula que no pueden estar fuera de los espacios, instalaciones y establecimientos expresamente autorizados por la Consejería competente especies como artrópodos, peces y anfibios venenosos, todas las especies de reptiles de más de 2 kg de peso, cocodrilos y caimanes, y todos los primates y especies silvestres que en estado adulto pesen 10 o más kilos.
Es decir, todos los animales que hemos citado hasta ahora no pueden estar viviendo en un hogar particular. Pero no solo eso. La ley también dice que los animales potencialmente peligrosos no pueden circular por las vías públicas y espacios de uso general.
Igualmente es importante señalar que la ley hace recaer en los ayuntamientos la responsabilidad de ordenar el internamiento o aislamiento temporal de aquellos animales que hayan atacado a otras mascotas o a personas y les hayan causado lesiones, para controlarlas y adoptar las medidas legales pertinentes a cada situación.
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